Urribarri prorrogó la contención del gasto público
El Estado entrerriano prorrogó hasta el 31 de diciembre las medidas de contención, adecuación y reducción del gasto público que dispuso en marzo, según el decreto N° 3290 firmado por el gobernador Sergio Urribarri.La norma da continuidad a la decisión de que ninguno de los haberes de los funcionarios superen la remuneración que cobran los ministros, a la suspensión del pago de horas extras, de la contratación de personal temporario y de la compra de bienes de capital; a la adecuación de las erogaciones al presupuesto; y a la reducción del 10 % en los gastos de cada repartición.En el decreto, el Poder Ejecutivo entendió razonable continuar con las medidas adoptadas en el decreto N° 447, rubricado el 4 marzo de 2009, luego de realizar una evaluación del actual contexto económico y de las finanzas provinciales.De ese análisis se desprende que "permanecerán en el corto plazo las causas que motivaron estas disposiciones, es decir, la crisis económica y financiera de origen internacional que produjo efectos negativos las variables de la economía, impactando en forma directa sobre las cuentas públicas provinciales", señala el texto de la norma.Las disposiciones que se prorrogan: siguen sin efecto todas las autorizaciones vigentes para la realización de servicios extraordinarios (horas extra).Continúa la suspensión de contratación de personal temporario, cualquiera sea su modalidad.La remuneración nominal de los funcionarios y personal superior fuera de escalafón de los organismos centralizados, descentralizados y autárquicos y empresas provinciales no superará la establecida para los ministros.El nivel de ejecución de las erogaciones para el ejercicio en trámite seguirá adecuándose estrictamente al monto de los créditos presupuestarios asignados.Los titulares de cada organismo continuarán instrumentando las medidas pertinentes para reducir en un 10 % los gastos de funcionamiento en concepto de consumo de energía eléctrica, telefonía, combustibles y viáticos por comisiones de servicios.La adquisición de bienes de capital se limita exclusivamente a los esenciales para el funcionamiento de cada organismo. Los organismos que tienen a su cargo la ejecución de obras y trabajos públicos seguirán adecuando estrictamente los niveles de ejecución así como el programa de inicio de obras a los montos presupuestarios asignados a cada proyecto, propiciando las modificaciones compensatorias dentro de los totales asignados a la jurisdicción o entidad.
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