REVÉS JUDICIAL
Un juez reafirmó la vigencia del artículo del DNU de Milei que deroga la Ley de Tierras
El juez federal Alberto Recondo dejó sin efecto la medida cautelar que suspendió la derogación de la Ley de Tierras, establecida en el DNU 2023/70.
La justicia dejó sin efecto la medida cautelar que suspendió la derogación de la Ley de Tierras, establecida en el DNU 2023/70, a raíz un pedido del Centro de ExCombatientes de Islas Malvinas La Plata (CECIM).
El juez federal Alberto Recondo no le dio "legitimación" a la entidad para solicitar la anulación de ese tramo de la medida del Gobierno de Javier Milei.
"La calidad alegada es insuficiente para constituir al Centro peticionante en la condición de parte legitimada, por lo que corresponde el rechazo de la presente acción", indicó Recond, luego de citar un caso de la Corte Suprema denominado causa "Cerámica San Lorenzo".
El juez, que se encuentra a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 4, resolvió "rechazar la acción intentada" por el CECIM y dejó "sin efecto la medida cautelar" con la que su par de La Plata, Ernesto Kreplak, suspendió días atrás el artículo 154 del DNU que derogaba la Ley de Tierras.
Agregó que "por más amplia que resulte la interpretación que se atribuya a dicho estatuto, de los términos allí utilizados no puede extraerse que el CECIM pueda estar en juicio en defensa de los intereses de los habitantes de la Nación Argentina", según la resolución a la que accedió la agencia Télam.
Con todo, el juez ponderó el rol del Centro al asegurar que promueve en la comunidad de la ciudad de La Plata "valiosos fines", con los que mantienen "la memoria activa del conflicto bélico" y honran "a los héroes caídos en defensa de la República Argentina".
(Fuente: Filo.news)