RESOLUCIÓN DE LA CÚPULA DE LA POLICÍA PROVINCIAL
Someterán a pruebas de drogas a policías entrerrianos: expulsarán a los que sean consumidores
Se trata de controles toxicológicos periódicos y espontáneos que realizarán los agentes de la Policía de Entre Ríos. La medida generó algún rechazo, especialmente en quienes vienen trabajando en torno al uso medicinal del cannabis.
En el marco de un episodio que causó un importante revuelo interno en la fuerza de seguridad, las autoridades bajaron la orden de informar a todos los integrantes de la fuerza sobre la resolución del año 2019 que priva a los policías de cualquier tipo de contacto con “las sustancias estupefacientes prohibidas por la Ley”; de lo contrario estarán expuestos a un sumario y la baja de la institución. Para controlarlos del uso de drogas, implementarán controles toxicológicos periódicos y espontáneos.
Lo que motivó la resolución firmada por el jefe Gustavo Maslein, el 4 de enero pasado fue que habrían encontrado a un grupo de policías consumiendo marihuana. Pese a advertencias sobre estas situaciones o a los planteos para que el asunto se aborde desde un punto de vista sanitario, ahora se ordenó a “los señores directores, jefes departamentales, jefes de divisiones y secciones notificar a su personal de la resolución de 2019 que no se admitirá por parte de la institución policial que el personal consuma drogas ilícitas dentro de su faz particular o profesional, ya que eventualmente y en forma alternada se efectuarán controles selectivos específicos para verificar que el personal subordinado cumple con los requisitos físicos e intelectuales que actualmente requiere nuestra repartición”, sostiene la misiva de hace 19 días.
Postura de la Policía
La disposición del jefe de la Policía remite a la resolución de 2019 donde se fundamenta la postura institucional con mayor profundidad, de la cual se destacan algunos puntos:
- “El consumo de drogas ilícitas resulta absolutamente incompatible con el estado policial con que el ordenamiento jurídico inviste a los funcionarios policiales de todos los cuerpos”.
- “Para el cumplimiento de su rol específico de seguridad pública, le imposibilita naturalizar esta conducta al policía por sus negativas connotaciones éticas, funcionales y legales”.
- “Si bien el consumo y/o abuso de drogas prohibidas puede virtualmente producirse en dos esferas -la privada y la laboral-, en ninguno de ambos casos es ajeno a la institución sino que la atraviesa profundamente en razón de las peculiaridades del trabajo policial ya que el abuso o contacto de uso con drogas, sea porque tiene lugar en el horario de trabajo o fuera de él, necesariamente impacta nocivamente en la imagen y trabajo policial, dado que una de las funciones primordiales de la Policía de Entre Ríos es, justamente, prevenir los delitos y concurrir al cumplimiento de las leyes, debiéndose hallar el efectivo en condición de total capacidad para hacer frente a dicho flagelo social”.
- “El consumo de drogas ilícitas por parte de un funcionario policial, inexorablemente trasciende el ámbito de lo privado para incidir en la vida cotidiana de la institución y de la sociedad toda, ello en función a que la persona que de alguna manera tuviera contacto de uso con sustancias prohibidas, ya sea por consumo eventual, recreativo o adictivo/dependiente, resulta con afectaciones físicas y psicológicas, en atención a que en su organismo a pesar del transcurso del tiempo y de la acción del metabolismo subsisten los efectos perniciosos”.
- “Por tratarse de una substancia de naturaleza ilícita, necesariamente exige que el consumidor por sí o por interpósita persona se acerque e interactúe en la cadena de comercialización ilegal”.
Se cita además al Reglamento General de la Policía (una ley del año 1975), donde se refiere que podrán echar al policía que se le compruebe la “disminución de aptitudes físicas o mentales, que impidan el correcto desempeño del cargo”.
Dos posibles escenarios
Se dispuso un “Procedimiento administrativo aplicable al personal policial detectado en contacto de consumo de drogas ilícitas”. Primero, habla de la “obligación ineludible de someterse a los estudios que se indiquen a objeto de determinar el consumo y/o contacto de uso con sustancias estupefacientes prohibidas por Ley”. Al policía que el análisis le da resultado positivo, queda “automáticamente sujeto a Junta Médica Superior” y sumariado en Asuntos Internos.
Los médicos dispondrán las evaluaciones físicas y psicológicas que se consideren pertinentes, “debiendo someter a un nuevo control de presencia de substancias estupefacientes transcurridos los 90 días desde su puesta a disposición de dicho tribunal médico”.
Luego, plantea dos situaciones: si la Junta Médica Policial determina que “el funcionario presenta dependencia/adicción”, el mismo será declarado como “inepto total y permanente" y le darán la baja por invalidez. Si concluyen que el policía es consumidor eventual, el mismo tendrá un sumario “por falta grave al ser considerado consumidor recreativo y participar de manera directa o indirecta en la cadena del narcomenudeo, no solo omitiendo su represión sino también cooperando con tal entramado ilegal cuando su misión específica es justamente la contraria”.
La disposición causó distintas opiniones, y en particular la preocupación de quienes vienen trabajando en torno al uso medicinal del cannabis.
La resolución de Maslein “ha generado una razonable inquietud en torno a derechos humanos básicos del personal que vela por el orden y la seguridad de la ciudadanía entrerriana”, sostuvo el abogado Andrés Bacigalupo, quien trabajó en la redacción de la Ley 10.894 y es un activista en la temática, y agrega: “Surge el interrogante de qué pasará con aquel personal policial que deba hacer uso de cannabis medicinal”.
Bacigalupo, primero, contextualizó el asunto: “En nuestro país, la mirada sobre el consumo de cannabis ha sido abordada históricamente desde agencias estatales que lo han asociado siempre a la criminalidad o a la perdición de la moralidad, mas dichos enfoques pocas veces se han sustentado sólida y rigurosamente en el campo científico y/o médico, en efecto, en las escuelas de policía afirmar que el cannabis es un tóxico alcanza ya de por sí para avalar cualquier conducta dirigida a impedir su consumo o circulación en la población”.
Luego, apuntó a la “peligrosidad” de la resolución, que no ha contemplado las distintas circunstancias que pueden ocurrir en torno al consumo de marihuana: “Con la normativa vigente en nuestro país cualquier ciudadano puede solicitar al Ministerio de Salud se le autorice el autocultivo y consumo, así sea hasta para tratar migrañas crónicas, insomnio, ansiedad o bruxismo. Imaginémonos desde ya la cantidad de enfermedades y tratamientos postoperatorios o para aliviar efectos de quimioterapias en los cuales cada día más se frecuenta consumirlo en diversas presentaciones. El espíritu normativo tanto a nivel nacional como provincial prácticamente ya no discrimina entre patologías o dolencias, y su anclaje es constitucional y convencional en resguardo del derecho a la salud. De allí a que considero que posiblemente se generarán fuertes tensiones entre derechos humanos básicos del personal policial”.
Por esto, es que Bacigalupo entiende que con las autoridades policiales ponen en peligro la salud de policías que “se vería seriamente comprometida obligándose a todo el cuerpo policial a acudir a tratamientos convencionales que puedan perjudicarlos mucho más”. Más aún teniendo en cuenta que en una institución como la Policía, “vertical y rígida”, nadie se arriesgaría a perder el trabajo por más que necesite del cannabis por su salud. (Fuente: UNO Entre Ríos)