DEBATE EN EL HCD
Se aprobó la ordenanza que declara de interés público un terreno usurpado en el barrio Quijano
Después de tres horas de duro debate entre concejales del oficialismo y de la oposición se sancionó la ordenanza que declara de interés público a los fines expropiatorios a la fracción de terreno perteneciente a Zenón Bossi.
La votación fue de 7 a 5 favorable a la iniciativa del oficialismo que contó con el voto de la Legisladora de UNA, Marcela Yedro. Mariana Farfán, concejal del FpV no votó debido a que estuvo a cargo de la presidencia del Concejo. La sesión en el HCD comenzó a las 11.51, es decir 20 minutos más tarde de lo anunciado y se extendió hasta cerca de las 15. La presidencia estuvo a cargo de la Concejal Mariana Farfán, acorde al decreto 3570/2019 del 23 de agosto, donde se destaca que queda a cargo del Ejecutivo Municipal el secretario de Gobierno Ignacio Farfán y del Concejo Deliberante la concejal Mariana Farfán por la ausencia del presidente Municipal, Martín Piaggio, y su vice, Jorge Maradey: ambos se encuentran en Suecia. La sesión comenzó con duros cuestionamientos de la oposición encabezados por Pablo Echandi (Cambiemos) quien destacó que el artículo 204 es muy claro y “especifica que cuando el Intendente se va por más de 5 días lo reemplaza el vice, y si no está el mismo, como en el presente, tiene que asumir el vicepresidente primero que en este caso sería usted, en referencia a Mariana Farfán”; por lo cual el propio Echandi debía ejercer la presidencia del HCD. Echandi denunció que se le había “usurpado un lugar que me corresponde, razón por la cual pido que se deje constancia de lo que está sucediendo”. Acto seguido, Farfán le cedió la presidencia a Echandi, para luego explayarse sobre el tema desde su banca donde recordó el decreto 3750/2019 y regresó a presidir una sesión que tuvo un inicio acalorado. Los vecinos, presentes Las familias que ocupan el predio conocido como Barrio Quijano, seguían atentamente el desarrollo de la sesión. Andrés Sobredo, destacó que lo que se estaba tratando es una “ordenanza municipal declarando de interés el destino del inmueble, y el que en definitiva lo va a declarar de Utilidad Pública, el que lo va a expropiar a través de una ley, será el Poder Legislativo de la Provincia”. Dijo que posteriormente habrá que tratar una “ordenanza que destine los fondos necesarios para la compra del inmueble y de alguna manera resarcir el despojo que va sufrir el señor Zenón Bossi al momento de la expropiación”. Asimismo, Sobredo señaló que todo es “muy confuso y que a ciencia cierta no se sabe quién se va a hacer cargo de la expropiación. Se habla de un compromiso de la Ministro de Gobierno de la provincia, Rosario Romero, de hacerse cargo de los fondos para pagar, algo que no figura en la ordenanza”. Destacó que hay que buscarle una “solución a las familias que están en el terreno”, aclarando que no comparte el “camino que empleó el oficialismo. Entiendo que existen otras alternativas que se podrían haber tratado en conjuntas. El municipio adquirió más de 64 hectáreas y se preguntó ¿porque en su momento no se adquirió el terreno del señor Bossi, dando así un principio de solución a estas familias? La Ordenanza Artículo Primero: Declárese de interés público a los fines expropiatorios a una fracción de terreno con una superficie aproximada de 12.711,88 m2, o aquella superficie que en más o menos resulte de la mensura y deslinde que al efecto deberá practicarse, la que es parte del inmueble sito en la provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, planta urbana, manzana 2030, que forma parte de un inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad, inmueble de Gualeguaychú bajo tomo 10, folio 2234 del año 1973, plano catastral 24570 a nombre de Guillermo Zenón Bossi. Artículo Segundo: Remitir copia urgente de la presente ordenanza al gobierno de la provincia de Entre Ríos, a fin de que a través del Ministerio de Gobierno y Justicia gire a la legislatura de la provincia el proyecto de Ley que declare de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble descripto en el artículo precedente. Artículo Tercero: Comuníquese, publíquese y archívese.
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