ADMINISTRADORA ENERGIA ENTRE RIOS S.A.
Proponen en Diputados crear una empresa que comercialice la energía de Salto Grande
El diputado provincial del bloque Más para Entre Ríos, Juan José Bahillo presentó este jueves un proyecto de ley para crear “Administradora Energía Entre Ríos S.A.”, que tendrá como objetivo principal que la energía eléctrica que el Complejo Hidroeléctrico Salto Grande produce sea comercializada asegurando a los habitantes de nuestra provincia, a sus industrias, comercio, sectores de la agroindustria y demás actores de la sociedad civil un precio razonable de la energía que Entre Ríos genera.
A partir de un trabajo articulado en conjunto con el diputado nacional Gustavo Bordet y con el ex administrador de Aduana, Guillermo Michel, el diputado provincial Juan José Bahillo presentó, con el acompañamiento de las firmas de la integridad del bloque Más para Entre Ríos, hoy este proyecto que crea Administradora Energía Entre Ríos Sociedad Anónima.
Esta empresa tendrá la titularidad para la comercialización de la energía eléctrica que el Complejo Hidroeléctrico Salto Grande aporte al sistema energético de nuestro país y podrá operar en cualquier segmento de la cadena de valor en forma integrada o independiente a través de unidades de negocios específicas.
En su actividad propenderá a promover la innovación tecnológica y en los procesos de asociación que realice deberá observar mecanismos de transparencia y competencia que respeten lo establecido en las leyes específicas”, explicó Bahillo, y agregó: “Hoy, el Complejo Hidroeléctrico Salto Grande es un generador de recursos indispensables para la vida de la Argentina y del Uruguay. Implica la posibilidad de seguir trabajando y creciendo desde la región por el bien común de los países creadores, de sus habitantes, de su industria, su comercio y su desarrollo”.
Para evitar nuevos costos, los directores y síndicos no serán remunerados y la empresa podrá convocar a empleados de la Administración Pública Provincial. Administradora Energía Entre Ríos Sociedad Anónima se regirá bajo el Capítulo II, Sección V, de la Ley 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, y las disposiciones de la presente ley y tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, la comercialización de la energía eléctrica que el Complejo Hidroeléctrico Salto Grande aporte al sistema energético de nuestro país, en cualquiera de sus modalidades.