TODOS LOS DETALLES DE LA CAUSA
Piden seis años de cárcel para un Testigo de Jehová condenado por abuso
Se discutió la pena para Vito Panza, de Santa Elena, condenado por abuso. La querella pidió cárcel, la fiscalía una condicional y la defensa la eximición.
Se celebró en los Tribunales de La Paz una audiencia que podría marcar el final en la causa que involucra a Vito Luciano Panza, quien fue condenado en 2021 por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de una niña. Los hechos ocurrieron hace casi 20 años en Santa Elena, en el departamento La Paz, en el contexto de la comunidad de los Testigos de Jehová. El viernes 25, a sus 36 años, Panza compareció ante el juez Penal de Niños, Niñas y Adolescentes, Raúl Flores, para el trámite de integración de su sentencia.
En la audiencia en los Tribunales paceños, las partes expusieron sus argumentos y solicitaron la pena que se le debe aplicar. Estuvieron los abogados defensores Roberto Alsina y Miguel Ángel Cullen, acompañando a Panza; la representante del Ministerio Pupilar, Nadia Musante; el fiscal Facundo Barbosa; el defensor de Menores, Ezequiel Baldini y la abogada querellante Valeria Burkhard. También estuvieron integrantes del Equipo Técnico del Juzgado. Una de las víctimas se hizo presente a través de la plataforma virtual.
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Pedidos de pena
El pedido de pena fue variado: el fiscal solicitó dos años y ocho meses de ejecución condicional, argumentando que, aunque es fundamental imponer una pena, Panza no debería enfrentar prisión efectiva debido a su condición de menor en el momento de los hechos. Por su parte, la abogada querellante y el defensor de Menores pidieron una pena de seis años de prisión efectiva, destacando el daño que sufrió y aún sufre la víctima. En tanto, la defensa de Panza pidió su eximición de pena, sugiriendo que, de no ser así, se le conceda una pena condicional. Tras oír a las partes, el juez anunció que la sentencia se dará a conocer en diez días.
El hombre fue condenado en 2021 por un tribunal colegiado integrado por los jueces Carolina Castagno, Gustavo Pimentel y Elvio Garzón. En aquella sentencia, los jueces lo declararon responsable del delito contra la integridad sexual de una menor, pero no le aplicaron una pena y remitieron el legajo al juez Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de La Paz. También condenaron a su cuñado, Matías Vargas, quien recibió 12 años de cárcel por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la calidad de ministro de culto y por ser encargado de la guarda; y abuso sexual simple reiterado, en su modalidad agravada por la calidad de ministro de culto.
Luego de sucesivas apelaciones, finalmente en septiembre del año pasado la sentencia fue confirmada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Tras esa decisión, se comenzó a ejecutar la sentencia con el pedido de captura de Vargas, quien fue arrestado el 13 de octubre de 2023 en la localidad de Villa Mercedes, provincia de San Luis. Luego fue trasladado a la Unidad Penal N° 1 de Paraná, donde fue alojado. Además, se comenzó a mover el legajo de Panza para que se le aplique una pena, hecho que está a punto de concretarse.
La causa
La causa contra ambos se abrió en 2017, cuando una joven de Santa Elena realizó una publicación en Facebook en la que señaló como abusadores a Vargas y Panza. Luego llevaría su denuncia a la Justicia, acompañada por otra víctima. Cuatro años después, y tras una larga investigación penal, el juicio se realizó en La Paz. En esa instancia, a puertas cerradas, las víctimas relataron que los hechos se dieron cuando tenían entre 8 y 11 años. En un caso, sucedieron entre marzo de 2005 y marzo de 2008; en otro entre abril de 2010 y abril de 2011.
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En el debate fueron determinantes los testimonios de fieles y Ancianos de la congregación que posibilitaron establecer que Vargas era Siervo Ministerial en el momento de los hechos denunciados; el testimonio de Gabriela Torregrosa, integrante del Equipo Técnico Interdisciplinario del Juzgado de Familia, Niños y Adolescentes y Penal de Menores de La Paz, quien realizó las pericias psicológicas a las chicas; y el de la ex profesora y ex funcionaria municipal del área de la Mujer, María Elena González de Vega, quien ayudó a las víctimas; entre otros.
Un dato saliente fue la actitud de las autoridades de los Testigos (los Ancianos), quienes se ampararon en el artículo Nº 289 del Código Procesal Penal de Entre Ríos que contempla la abstención de declarar sobre hechos “secretos” que hubieran conocido los “ministros de un culto admitido”. Estas autoridades de la Iglesia confirmaron que expulsaron a Vargas porque rompió “pautas morales” y no mostró “arrepentimiento de sus pecados”. Si bien no revelaron el motivo de la expulsión, el Tribunal infirió que tuvo que ver por los graves hechos denunciados.
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“Refuerza la convicción en torno la intervención responsable de los enjuiciados en los hechos, la sanción de expulsión impuesta al imputado Vargas, en su condición de Siervo Ministerial de la congregación ‘Testigos de Jehová’ al poco tiempo en que las jóvenes víctimas expusieron los hechos de abuso ante el Consejo de Ancianos, toda vez, que si bien éstos al deponer en el juicio no dieron cuenta de los motivos de la expulsión de Vargas al ser una información de carácter confidencial conforme los principios bíblicos, todos coinciden en señalar que fue posterior a la denuncia, y muy cercana a la misma, describiendo los motivos que habilitan la expulsión de un integrante de la congregación, de cuyo análisis emerge claro, atento al tenor de los hechos denunciados, que son absolutamente compatibles con los motivos descriptos”, concluyó el Tribunal en 2021.