CUÁL ES LA SITUACIÓN NACIONAL
Lo que dice la Ley Argentina sobre el alquiler de vientres
La gestación subrogada está reconocida como una técnica de reproducción humana asistida (TRHA) desde 2015. Sin embargo, en el país no está legislada, aunque tampoco prohibida. Consultamos a una experta para saber qué se puede hacer legalmente y qué no.
La reciente noticia de que la actriz y conductora española Ana Obregón se convirtió en madre por gestación subrogada a sus 68 años volvió a colocar el tema en el centro del debate.
Una práctica ilegal en España, pero legal en Estados Unidos (entre otros países) hizo que Ana saliera de una clínica de Miami junto a su beba recién nacida el pasado 20 de marzo de manera totalmente legal.
En Argentina, en cambio, la gestación subrogada –conocida como alquiler de vientre- no está legislada. Es decir, hay instancias que no están prohibidas y grandes zonas grises que habilita esta práctica por falta de legislación específica. Por lo tanto, actualmente existen distintas formas que permiten llevar a cabo la gestación subrogada en el país (que adopta el nombre de gestación solidaria).
Los hijos de Marley, Flor de la V o Topa son algunos de los casos más conocidos, pero hay muchos otros que diariamente recurren a esta alternativa para acceder a la ma/paternidad.
En Argentina existe algo llamado “consentimiento informado”, y dice que es el “corazón de esta práctica y de todas las técnicas de reproducción humana asistida de acuerdo a la reforma del código civil y comercial de 2015”.
En cualquier parte del país, excepto en CABA, se requiere de un fallo judicial para que los bebés nacidos de un vientre subrogado puedan ser inscriptos. Es decir, si la gestante firma libre, sin tener la voluntad viciada, sin intermediaciones monetarias, y si esa madre o padres intencionales también lo firman y se ratifica ante un escribano y se presenta ante un Juez, ese consentimiento es totalmente válido.
En la ciudad de Buenos Aires es más sencillo y no hace falta pedir la autorización judicial para que ese menor se anote a nombre de los padres intencionales desde que, en 2017, rige un amparo colectivo. Este amparo, que en un primer momento fue presentado por una pareja homosexual que tuvo mellizos por subrogación de vientre, habilita en todo el territorio porteño la inscripción de un bebé a nombre de sus padres con el contrato de gestación frente a un escribano y el consentimiento informado de la clínica de reproducción, sin necesidad del fallo judicial.