CASO IVÁN PÉREZ
La vara de la Justicia que no mide a todos por igual
El sargento Mauricio Gómez recibió el jueves la excarcelación. Se fue a su casa con arresto domiciliario y con una tobillera electrónica, hasta el inicio del juicio por el crimen de Iván Pérez. Enfrenta una pena de prisión perpetua, la misma que han afrontado otros homicidas y que han aguardado su condena encarcelados.
Carlos Riera La regla general para toda persona que enfrenta un proceso penal es la libertad. Se prima el principio de inocencia, que se quiebra una vez que se comprueba su responsabilidad penal y existe una sentencia condenatoria firme. Pero como ocurre en toda regla, hay excepciones y el Código Penal lo establece bajo el nombre de prisión preventiva. Esta medida cautelar se aplica cuando se considera que existe riesgo procesal, es decir, la posibilidad de fuga del imputado o el entorpecimiento de la investigación. Si el Juez de Garantías que actúa en la causa considera que la libertad del imputado puede generar algunos de estos riesgos, se aplica la prisión preventiva. El peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación pueden generar grandes contratiempos para una causa judicial, ya que no existe la posibilidad de realizar u juicio en ausencia del acusado en la República Argentina y la averiguación de la verdad se neutraliza si el imputado incide en la investigación de la Fiscalía. El jueves por la mañana se realizó la audiencia ante el juez de Garantías, Tobías Podestá, para resolver el futuro judicial del hombre que está acusado del homicidio agravado de Iván Pérez, el joven delincuente que escapaba de la Policía tras cometer un robo en el barrio Molinari, el pasado 9 de octubre.
Gómez cumplía hasta el momento una prisión preventiva, dispuesta 48 horas más tarde de cometido el crimen. Esta semana se realizó la audiencia en Garantías para resolver la continuidad de la medida, y aunque su defensa requirió la libertad, el magistrado entendió que un arresto domiciliario era suficiente para contrarrestar cualquier riesgo procesal. La discusión se centró en el tiempo de aplicación de esta medida: El fiscal Lisandro Beherán requirió 45 días, en tanto el juez Podestá se inclinó por otros 30 días. La novedad es que se ordenó la colocación de una tobillera electrónica para monitorear los pasos de Gómez, ya que enfrenta una pena de prisión perpetua y existe la posibilidad de fuga. La excarcelación de Gómez era requerida por cierta parte de la sociedad que defiende su accionar pese a que se trata de una clara sobreactuación de su deber como funcionario público, que lo respaldó con una marcha realizada por el centro de la ciudad bajo una consigna que remite a los años más oscuros de la historia argentina: “Derechos humanos para humanos derechos”. La vara de la Justicia Como se dijo, Gómez enfrenta una imputación que en el caso de ser condenado podría recibir la sanción más grave que establece el Código Penal. Todos aquellos que han afrontado y afrontan una prisión perpetua han permanecido encerrados varios meses con prisión preventiva hasta el inicio del juicio. A principios de noviembre le fue prorrogada la prisión preventiva a Genaro Gutiérrez, el joven de 19 años que está imputado de asesinar a Lucas Bentancourt. Este acusado no enfrenta prisión perpetua, sino un homicidio simple, que prevé una pena máxima de 25 años, sin embargo está detenido en Jefatura desde junio y esperará en esta condición hasta el final del juicio en diciembre. ¿Qué diferencia hay entre Genaro Gutiérrez y Mauricio Gómez? ¿Por qué uno sí y el otro no? Sin dudas que la Justicia de Gualeguaychú debe tener respuesta a estos interrogantes. Pero hay otros casos. Osvaldo Andrés Roldán y Ramón De La Cruz Ortiz son dos femicidas que cumplen condena a prisión perpetua en la Unidad Penal 9 de Gualeguaychú por matar a Julia Flammini y a Susana Villarruel. El femicidio de Julia Flammini ocurrió en las Termas del Gualeguaychú, dos días antes al gran recital que brindó el Indio Solari en el Hipódromo de Gualeguaychú. Roldán la mató en el bungalow 23 que la abogada oriunda de Azul había alquilado. Ella se negó a mantener relaciones sexuales y recibió más de 60 puntazos de arma blanca. Roldán permaneció con prisión preventiva en la Jefatura de Policía hasta el inicio del juicio en septiembre de 2014. Incluso mientras se recurrió la sentencia a Casación, siguió preso en Jefatura. El otro caso fue el de Ramón De La Cruz Ortíz, que asesinó a Susana Villarruel el 10 de julio de 2017 y arrojó su cuerpo a un costado del Arroyo El Cura. Esta mujer de 38 años falleció por un shock hipovolémico. Murió desangrada tras recibir ocho cortes o más. La investigación avanzó rápidamente y a mediados de septiembre se elevó el Legajo a juicio, y el proceso comenzó un mes después. Desde el momento del hecho hasta el final del juicio pasaron cuatro meses y De La Cruz Ortiz en ningún momento recibió ningún beneficio. El caso más popular fue el crimen de Fernando Pastorizzo. La responsable de este homicidio fue Nahir Galarza, que mató a su novio el 27 de diciembre de 2017 y por ello recibió prisión perpetua. Desde ese día, y durante toda la etapa investigativa que duró poco más de cuatro meses, la imputada siempre permaneció alojada en la Comisaría de la Mujer con prisión preventiva. En cada uno de estos tres últimos casos, ninguno de los imputados recibió excarcelación y siempre se fundó el pedido de prisión preventiva en el peligro de fuga. Nahir Galarza es hija de un funcionario policial, colega de Gómez, que supuestamente tenía los medios para arbitrar una salida del país de su hija y por ello nunca se le concedió un arresto domiciliario. Al principio de esta crónica se indicó que la regla general para toda persona que enfrenta un proceso penal es la libertad. Entonces, por qué a Roldán, De La Cruz Ortíz y Galarza se les aplicó una prisión preventiva fuera de la regla general si median las mismas circunstancias con el policía Gómez.ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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