REFORMA LABORAL
La Justicia declaró inválidos seis artículos de la reforma laboral del DNU de Javier Milei
La Justicia declaró hoy inválidos seis artículos de la reforma laboral del DNU dictado por el gobierno de Javier Milei. Qué medidas quedaron sin efecto.
La Justicia declaró hoy inválidos seis artículos de la reforma laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 del gobierno nacional de Javier Milei. Lo hizo en el amparo que inició la Confederación General del Trabajo (CGT), el mismo día del Paro General dispuesto por la central obrera.
Qué determinó la Justicia sobre el DNU
La jueza nacional del Trabajo, Liliana Rodríguez Fernández, aclaró que los artículos tendrán “validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”, en referencia al tratamiento que el Congreso de la Nación debe darle al DNU.
Los artículos que fueron declararon inválidos son el 73, 79, 86, 87, 88 y 97. Se trata de artículos que regulaban la forma de pago de los sueldos, las horas extras, las convenciones colectivas de trabajo, el derecho de hacer asambleas “sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros”. También el que consideraba como infracción muy grave bloquear o tomar un establecimiento durante una medida de fuerza y afectar la libertad de quienes quieran trabajar durante un paro y el que fijaba que para determinadas actividades esenciales se debía garantizar la prestación de entre el 50 y 75 por ciento del personal.