NUEVA TABLA
Impuesto a las Ganancias: el nuevo mínimo no imponible será de dos millones de pesos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará en los próximos días la nueva tabla del Impuesto a las Ganancias para los salarios, en función de la actualización extraordinaria prevista en el paquete fiscal aprobado este año
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará en los próximos días la nueva tabla del Impuesto a las Ganancias para los salarios, en función de la actualización extraordinaria prevista en el paquete fiscal aprobado este año.
Con ello, el nuevo mínimo vital y móvil será de $2,03 millones brutos para un trabajador soltero y de $2,63 millones para un casado con dos hijos.
La variación está hecha en función de lo que establece la ley 27.743 que restituyó el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría.
“Los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024”.
Como en junio la inflación fue del 4,6%, en julio de 4% y en agosto de 4,2%, el ajuste que hay que hacer sobre todas las escalas y las deducciones es del 12,8%, y solo para los salarios que se van a cobrar en octubre. Luego los ajustes, se van a hacer en enero y en julio de cada año, por la inflación semestral.
Como se trata de una cuestión extraordinaria prevista por la ley, según opinó el tributarista Martín Caranta “lo más prolijo” para determinar el cambio de la escala “sería un decreto y luego una Resolución General de la AFIP”, aunque consideró que con la resolución del organismo bastaría.
Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, coincide en que “la AFIP tiene que publicar las tablas en su sitio web”. “Técnicamente, por más que se puedan hacer los cálculos, no se podría aplicar porque se necesitan las tablas”, remarcó.
El tributarista consideró que las empresas que liquidan sueldos por quincena van a tener que esperar a que se publiquen se supone que la semana entrante.
A partir de 2025, las actualizaciones de las escalas del tributo y las deducciones serán por inflación y semestralmente. Este año, habrá una actualización extraordinaria en septiembre por la evolución de precios de junio, julio y agosto, para evitar que la inflación provoque un desfase.
Con el antiguo régimen, no se actualizaban las escalas, entonces, todos los meses los sueldos aumentaban, rápidamente llegaban al mínimo no imponible, y eran alcanzados por el gravamen del 27%. Ahora, este impuesto recae sobre los haberes de manera progresiva, con alícuotas que van del 5% al 35%.
La consultora Focus Market indicó en un informe que la mejora salarial en paritarias de los empleados que paguen Ganancias no se verá traducida en una mejora del consumo. Según señala la consultora, “el peso en el gasto hogareño de la variación de precios de los servicios públicos y privados resta margen de maniobra para la adquisición de bienes en la misma cantidad”.