LA POLÍTICA Y EL CUIDADO AMBIENTAL
El Juez Viri le ordenó al gobierno provincial prohibir la extracción arenera por 45 días
La decisión limita a las empresas que no podrán extraer arena hasta tanto no presenten los certificado habilitantes de aptitud ambiental para poder operar en el territorio entrerriano. La medida fue informada a los funcionarios provinciales.
Mónica Farabello
El fracking y la extracción de recursos naturales de la provincia quedó, una vez más, en la mira de la Justicia. El abogado de Gualeguaychú, Ricardo Luciano, realizó una presentación formal. De esta manera realizó un amparo con medida cautelar, patrocinando al señor Carlos Cadoppi.
En este sentido, se apuntó contra las empresas areneras que actualmente extraen arena de sílice en los ríos Paraná y Uruguay.
El problema ambiental radica en la instalación de empresas areneras en la zona del delta entrerriano para proveer a Vaca Muerta, para la producción no convencional de gas y petróleo (fracking).
Tal como publicó ElDía en su edición del 16 de abril, “los denunciantes señalaron falta de controles, de estudios de impacto ambiental, depredación de la arena y el agua, y hasta una empresa (Cristamine S.A.) que opera y multiplica cifras millonarias con la habilitación vencida hace cinco años y sin ningún tipo de control”.
Ahora, la Justicia Federal fijó un límite y le prohibió a las empresas que no tengan el certificado del informe técnico favorable, que realicen extracciones de arena silícea de los ríos Uruguay y Paraná por un plazo de 45 días. En este plazo, las firmas deberán ponerse a tono y respetar la reglamentación exigida.
En este sentido, el juez federal Hernán Viri dictaminó que el Gobernador deberá prohibir a las empresas que no cuenten con el certificado de informe técnico favorable emitido por la Secretaría de Ambiente del Ministerio de Producción de la Provincia, realizar actividades de extracción de arena silícea.
Asimismo, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) confirmó el fallo de primera instancia a favor del doctor Ricardo Luciano, señalando al gobierno provincial de no cumplir con las funciones de control establecidas por la legislación vigente en materia ambiental. El Estado entrerriano apeló, pero la Justicia falló a favor del amparista.
Luego de la medida, el juez Viri informó que convoca a una audiencia, tal como como lo dispone la Ley de Medioambiente Nº 25.675 junto al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para tratar de arribar a un acuerdo.
Los antecedentes en la Justicia local
El juez Alberto Adrián Welp, vocal de la Sala N°2 de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, también respaldó las denuncias de Luciano, quien se involucró con el tema en 2020, representando legalmente a la Cooperativa de Agua de Ibicuy.
ElDía publicó meses atrás la cronología de los hechos, expresando: “En octubre del 2020 se solicitó información sobre el tema a la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, pero la repuesta no llegó, por lo que interpuso un recurso de amparo y lo ganó en la última instancia de la Justicia provincial, el Superior Tribunal. De esta manera, la Cartera de Ambiente debió darle acceso a todos los expedientes administrativos de las areneras, más de 30, entre las empresas que extraen y los barcos areneros”.
“En el marco de otra acción de amparo promovida por Luciano, para que “se cumplan las leyes que se están incumpliendo”, en sus palabras, el pasado 11 de abril se conoció la sentencia que lleva la firma de Welp. La misma le da 45 días al Ejecutivo provincial para que “evalúe el estado legal de las habilitaciones de las areneras situadas en el Delta entrerriano, vigencia de certificados de aptitud ambiental y cumplimiento de todos los demás requisitos que exigen las leyes y, de acuerdo a lo que se verifique, decida la adopción de las medidas actuales que la protección del ambiente demande, debiendo interpretarse la selección de esas disposiciones administrativas conforme los principios desarrollados en la sentencia (prevención, precaución, pro natura, entre otros)”. Esta sentencia se manifiesta en la misma sintonía que la actual decisión del Juez Viri.