EL EX JEFE DEL REGIMIENTO
El juez Viri fijó la fecha de indagatoria para Candiotti por la causa de tenencia de pornografía infantil
Esta semana trascendió una noticia que causó gran indignación en toda la comunidad de Gualeguaychú: el ex jefe del Regimiento Facundo Candiotti –quien está procesado y cumpliendo prisión preventiva en Paraná por encubrimiento de abuso sexual en el predio del Ejército– tenía en su poder más de 300 materiales audiovisuales de pornografía infantil en los cuales aparecen niñas y niños menores de 13 años.
Este jueves por la tarde, el Fiscal Federal Pedro Rebollo confirmó a Ahora ElDía que el Juez Federal Hernán Viri fijó que la fecha de indagatoria para el acusado sea el próximo jueves 1 de agosto. Ese día, Candiotti será trasladado del penal de Paraná a Gualeguaychú para declarar frente al magistrado y los fiscales.
El material fue descubierto cuando se buscaban en el celular pruebas sobre la causa de encubrimiento sexual, cuando los peritos de la Delegación de Inteligencia Criminal e Investigaciones de la Prefectura Gualeguaychú de la Prefectura Naval Argentina encontraron 69 imágenes y 249 videos con contenido sexual de niñas y niños menores de 13 años.
Según la información compartida por la Justicia y los investigadores de la causa, el material había sido descargado mediante la aplicación Telegram.
En este contexto fue que el fiscal federal Pedro Rebollo solicitó una nueva indagación para Candiotti.
Las penas por pornografía infantil
En 2018, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la penalización no sólo de la distribución y comercialización de pornografía infantil, sino también la simple tenencia.
Los diputados avalaron el dictamen en el que se planteó la modificación de ese artículo para castigar la simple tenencia de "toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales".
El texto aprobado sostiene que será castigado con penas de prisión de tres a seis años el que "produjere, financiare, ofreciere, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere por cualquier medio" material con pornografía infantil.
Y agrega que será "reprimido con prisión de cuatro meses a un año el que tenga en su poder representaciones de pornografía infantil", y con entre seis meses y dos años para quien tenga material "con fines inequívocos de distribución o comercialización".
En el último párrafo de la nueva norma se establecen penas de prisión de un mes a tres años a quien "facilite el acceso a espectáculos pornográficos o suministre material pornográfico a menores de 14 años".