OPINIÓN
El caso Amarras: Un conflicto por resolver...
Eduardo Asueta
Coordinador de la defensa legal de Amarras – Altos de Unzué S.A.
Trece años atrás se anunciaba la mayor inversión privada en el sector turístico-inmobiliario de Entre Ríos, en Pueblo General Belgrano, un pequeño municipio ubicado frente a la Ciudad de Gualeguaychú. Gran parte de esa inversión se realizó, y en paralelo discurrieron aprobaciones y suspensiones administrativas, medidas judiciales de no innovar, sentencias de recomposición y planes de recomposición ambiental, cuya ejecución a su vez se haya suspendida. Mientras tanto el desarrollo sigue en el limbo administrativo-judicial de Entre Ríos. Esa ecuación por sí misma habla de que no hemos hecho bien las cosas, todos, incluyendo la empresa.
Mi antecedente personal
Conocí este caso ejerciendo la función pública, como Coordinador del Concejo Provincial del Agua, autoridad de aplicación de la Ley Provincial del Agua. Desde ese cargo (menor) intimé a la empresa a cumplir con el procedimiento previsto por la Ley de Aguas; estudiamos profundamente el caso y descubrimos que, a pesar de un sinfín de noticias negativas que abundaban por los medios provinciales, el proyecto era serio, y que el impacto hídrico sobre Gualeguaychú era marginal: un aumento del pelo de agua de 1 a 8 centímetros en un evento que ocurre cada 100 años, la tormenta perfecta.
Todos los estudios tenían diferentes miradas sobre el proyecto, pero todos coincidían en ese dato central.
Sin embargo, y a pesar de la casi nula externalidad, decidimos intimar a la empresa a adecuar el proyecto para llevar ese impacto a 0, el balance hídrico perfecto.
Luego de arduas gestiones logramos el objetivo propuesto. Logramos que la empresa cumpliera con la Ley Provincial de Aguas adecuando el proyecto original e hiciera una nueva propuesta, la que fue analizada y aprobada por las áreas técnicas de la Dirección de Hidráulica de la Provincia. Luego de ello, el nuevo proyecto de obra fue aprobado por unanimidad, por todos los miembros que componen el Concejo del Agua de la Provincia. En paralelo se impuso, también por unanimidad, una multa (las más importante desde que se creó el CORUFA) porque consideramos que la empresa debió haber iniciado el trámite ante CORUFA en forma espontánea y anterior al inicio de obra.
Cuando informamos en Gualeguaychú el logro de haber conseguido la adecuación del proyecto a un balance hídrico cero, nos llamó la atención que varios actores sociales de Gualeguaychú relacionados con este pleito estaban contrariados. No nos decían nada, pero no estaban contentos con lo logrado.
Hoy ejerzo la defensa legal de Amarras desde el ejercicio de la profesión, y lo hago con la misma objetividad con la que, en ejercicio de la función pública, insté fuertes exigencias a la empresa, en lo que considerábamos que debía ser corregido.
En esta nota, que no es más que una nota de opinión en la que intento contextualizar este asunto, y realizar una crítica constructiva sobre la forma en que Entre Ríos, a través de sus áreas ejecutivas y de su Poder Judicial, ha gestionado este conflicto.
Un contexto complejo: Un Pueblito y una Ciudad separados por el Río Gualeguaychú…
Sin desmedro de que existen diversas formas de pensar en ambas orillas del Río Gualeguaychú, si tuviese que arriesgar una síntesis del contexto de este conflicto, diría que se enmarca en una relación difícil entre dos comunidades vecinas. Dos municipios, uno grande y uno pequeño, gobernados tradicionalmente con distintos signos políticos, otrora enfrentados por una disputa termal. Uno de ellos, el más pequeño, con enormes cantidades de suelo para desarrollarse en términos urbanos y turísticos, pero sin peso político. Otro, con muy poco nuevo suelo disponible y atractivo, pero a la vez, ya grande, vigoroso, y con peso político.
Un proyecto que incide en la dinámica de un río muy importante de la Provincia. El legítimo interés y la saludable pretensión de Gualeguaychú de no sufrir un impacto hidráulico perjudicial. Una pretensión que a su vez ancla en la cultura de comprometerse con nuestro ambiente, tan saludablemente arraigada en esa ciudad.
A la vez, un proyecto inmobiliario-turístico de gran escala, que sin dudas absorbe la demanda del mercado inmobiliario-turístico de la zona por unos 15 o 20 años. La posibilidad de que muchos vecinos de Gualeguaychú terminen migrando hacia Pueblo General Belgrano, y que este municipio tenga a futuro un crecimiento urbano y turístico exponencial.
La poca cultura de desarrollo que hay en nuestra querida provincia. El miedo común que hay entre las localidades entrerrianas a que el vecino se desarrolle y crezca. La incapacidad general que hay para ver en el crecimiento del vecino una oportunidad para el crecimiento propio.
La tradición entrerriana de desorganización y falta de gestión de nuestro territorio provincial, y la mala y difundida costumbre de las ciudades grandes de imponerse políticamente sobre los pueblos ubicados dentro de su zona de influencia.
La convergencia de vecinos con legítimos intereses ambientales, con actores sociales que se sienten perjudicados económicamente con este proyecto, todo esto asentado en una larga y difícil relación política entre ambos municipios, y en la costumbre de que las ciudades grandes se impongan sobre las localidades pequeñas.
Todo esto es sólo una parte del conflicto, es el contexto que humildemente observé al interactuar con este asunto, con la ventaja de no haber tenido otro interés que el de resolver este conflicto en el marco de la Ley.
Los errores de la Empresa
Antes que hacer una crítica del rol del sector público entiendo que corresponde hacer una (auto) crítica al accionar de la empresa desarrolladora. El proyecto contaba con todas las autorizaciones municipales, y el proyecto hidráulico era muy serio, muy solvente. Se había contratado a la Consultora de Eduardo Barbagelatta cuyo reconocimiento académico y profesional era amplio y muy bien consolidado. Pero la empresa inició trabajos antes de contar con las aprobaciones provinciales.
En mi opinión eso fue un error grave, con consecuencias muy negativas para la empresa, porque todo lo invertido en la calidad del proyecto técnico, y todas las externalidades positivas del desarrollo quedaron eclipsadas en alguna medida por esa mala decisión, que hizo que el proyecto cayera mal en Gualeguaychú, de entrada y con razón.
Otro error de la empresa ha sido no haber comunicado el proyecto, ni haberlo defendido en el ámbito de la opinión pública. Un proyecto que se asentaba en un contexto complejo, por no decir hostil, en el que convergían los intereses inmobiliarios de Gualeguaychú con la energía del sector ambientalista que tenía serias, razonables y valorables inquietudes a cerca del proyecto, ambos sectores con llegada política y con gran capacidad de incidencia en la comunicación pública provincial y nacional.
Ese vacío en la comunicación por parte de la empresa desarrolladora fue a la vez otro error que, sumado al antes mencionado, construyó a consolidar una imagen negativa del desarrollo ante la opinión pública informada, lo cual complejizó la toma de decisiones de los actores provinciales con poder de decisión.
Los errores del estado provincial
El tiempo… este asunto se debió haber resuelto rápido y bien, como se tienen que resolver estos asuntos. Lamentablemente la justicia actuó por un lado, la administración pública por otro lado, todo se fue dilatando, y luego de más de 10 años la inversión más importante de la provincia en materia turística-inmobiliaria sigue en situación en situación de purgatorio.
Tenemos que tomar el ejemplo de otras provincias que resuelven y encaminan estos asuntos de modo ejecutivo, produciendo la información técnica en forma clara, rápida y contundente para la toma de decisión judicial o de gobierno.
Pasaron diez años y el Poder Judicial de Entre Ríos recién en la faz de ejecución de sentencia abrió a pruebas el asunto, pretendiendo analizar a través de un perito único -cuya imparcialidad es discutida- lo que han resuelto numerosas áreas técnicas de la provincia, las cuales reúnen claramente el mayor saber técnico de Entre Ríos.
Una Ley aplicada a un supuesto fáctico que no existía… jamás los amparistas, el Municipio de Gualeguaychú, todos los jueces que habían intervenido en el pleito, Pueblo General Belgrano, y todas las Áreas Técnicas de la Provincia habían dicho que era un humedal, jamás, pero la Corte lo dijo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que el barrio se asentaba sobre un humedal, y que, en consecuencia, le era aplicable una ley entrerriana que disponía que los humedales de algunos departamentos se consideraban áreas protegidas. Lamentamos muchísimo ese error porque hay sobrada información para demostrar que allí nunca hubo un humedal.
Para resumir, vale la pena poner de manifiesto que antes que el caso llegara a la Corte, ninguna de las partes había argumentado ello, ni los amparistas, ni la Municipalidad de Gualeguaychú, ni las diversas áreas técnicas del Gobierno de la Provincia, ni los jueces entrerrianos que habían entendido el caso.
Paradójicamente, basta observar la foto que ilustra esta nota para comprender que el único humedal que hay en la zona es el que creó la misma empresa, artificialmente, a través de su obra de lagunas, inversión que contribuye a una notable mejora paisajística y ambiental en la región, por contribuir a la biodiversidad.
Además, una Ley que crea Áreas Protegidas sin definirlas: aplicarla no es serio…
En el caso Amarras se tomó un supuesto fáctico que no existía (el supuesto humedal) y además se le aplicó un Ley (la Ley 9.718) que se caracteriza por su vaguedad e imprecisión, además de que es una Ley que aún no ha sido reglamentada, ni inventariada, razón por la cual no se encuentra operativa.
Una ley que en términos generales postula que todos los humedales, sin definirlos, y sin inventariarlos, de determinados departamentos (solamente), pasan a ser áreas protegidas de la provincia, sin establecer un régimen aplicable claro y preciso, sin distinguir sobre las diversas actividades productivas o de aprovechamiento social que suponen, sin establecer tampoco las compensaciones debidas por las supuestas restricciones al aprovechamiento de esas áreas.
Es decir, no se puede establecer un área protegida sin definirla geográficamente. No es serio. Menos aún hacerlo sobre la base de un concepto tan discutido científicamente como es el concepto de humedal, y sin producir prueba alguna, y ello, en contradicción con todo lo que argumentaran todas las partes vinculadas a este pleito.
Te autorizo a construir pero después te digo que te autoricé mal, porque eso era un Área Protegida, y nadie lo sabía antes…
A grandes rasgos el Estado Provincial, actuando a través de su ejecutivo y de su Poder Judicial ha dicho eso. En realidad, eso lo dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y Entre Ríos, a través del Superior Tribunal de Justicia, lo convalidó.
No podemos otorgar autorización Municipal y Provincial a un desarrollo, y una vez que el desarrollo está avanzado, le decimos “disculpá, eso estaba sobre un humedal, y aunque no estuviese inventariado, le aplicamos una ley que no se encontraba operativa, y en consecuencia mandamos a recomponer el ambiente.” Todo esto, sin producir pruebas…y en contradicción con todo lo dicho por todas las partes de este pleito y de lo que habían sostenido los magistrados que intervinieron, es decir, sin habilitar el derecho de defensa en juicio.
Un perito único (ad hoc) cuya opinión es más importante que la de todas las áreas técnicas del Gobierno de la Provincia.
Es obvio que la última palabra la tiene el poder judicial, quien conserva siempre la última instancia sobre el control de legalidad de las acciones privadas y de gobierno. Pero pensar que un solo perito, escogido dentro de un listado de peritos, pueda tener una opinión técnica superior a la de varias áreas de gobierno, que comprenden saberes diferentes y complejos, quienes además tienen la carga permanente de rendir cuentas a la ciudadanía, es realmente muy llamativo.
Pues bien, hace un año prácticamente que el emprendimiento está esperando porque el estado entrerriano (a través del Poder Judicial) en este caso pretende conocer esa opinión antes de decidir si dicho plan es finalmente aceptado, o no.
Conclusión… pasan los meses, y pasan los años, y este desarrollo sigue enredado en el limbo administrativo-judicial.Ni el Poder Judicial ni el Gobierno Provincial han demostrado la energía y la capacidad de liderazgo para contribuir una solución constructiva del conflicto.
Si realmente queremos ser una Provincia de la Región Centro, de verdad, entonces tenemos que empezar a aprender de nuestros errores, todos, y empezar a cambiar algunas cosas, paso a paso…