Declaran emergencia vial en Gualeguaychú
A raíz de las extraordinarias precipitaciones acaecidas en estos últimos días, las cuales han afectado principalmente la trama vial y el servicio de recolección de residuos, el Municipio declaró la emergencia vial. El decreto, que lleva el número 244/2014, declara la emergencia vial en el ejido de la ciudad, hasta tanto se superen las condiciones que justifican la norma, y está firmado por el Intendente Juan José Bahillo y el Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, Germán Grané.En la parte resolutiva, el artículo 2° del decreto, le otorga la facultad a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos "a disponer de todas aquellas medidas necesarias tendientes a resolver la situación de emergencia declarada, pudiendo afectar primordialmente la totalidad de sus recursos humanos y materiales. No obstante deberá garantizar la prestación de los servicios básicos y esenciales. Por consiguiente, en el artículo 3° se establece la "afectación hasta la suma de un millón de pesos para atender las necesidades de materiales, herramientas, insumos y servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos demande en el marco de la emergencia". En el artículo 4°, en tanto, se autoriza a la Secretaría de Economía y Hacienda a "realizar las ampliaciones y reconducciones presupuestarias necesarias a fin de instrumentar lo aquí dispuesto". Fundamentos Entre los considerandos que sustenta la medida, se explica que "en el transcurso del año 2014 se han registrado aproximadamente 404.8 milímetros, correspondiendo 237 mm al mes de enero (la media es 114 mm) representa el 207% de la precipitación media del mes, y en los 6 días transcurridos de febrero se registran 167.8 mm, conforme la última actualización, siendo la media para el mes de 124 mm (es decir que en 6 días ha llovido el 135 por ciento de lo que correspondería llover en el mes completo)", de lo cual se concluye que "ha precipitado, en lo que va del año 2014, los milímetros que en un año regular se deberían alcanzar en el mes de abril, todo lo cual es de público y notorio conocimiento"."Que las inusuales precipitaciones registradas y su persistencia en días consecutivos, deterioran las superficies de las calzadas e impiden los trabajos de mantenimiento y reparación", y en este sentido, la normativa sostiene que "estos hechos climáticos mantienen con constante humedad las calles no pavimentadas de la ciudad dificultando o incluso impidiendo el ingreso de la maquinaria municipal imprescindible para su reacondicionamiento e imposibilitadas del mantenimiento y/o conservación oportuna".También corresponde señalar "que el estado actual de la trama vial no solamente afecta a particulares que con sus automóviles, motos o camionetas deben desplazarse cotidianamente, sino también a la prestación de servicios públicos, como por ejemplo la recolección de residuos". Obras realizadasEl decreto también remarca entre los considerandos que "esta gestión redujo sensiblemente el total de calles no pavimentadas, completando desde el 2007 hasta la actualidad un total de 230 cuadras pavimentadas y 150 cuadras repavimentadas". Además, "esta Administración ha realizado una gran cantidad de obras de pavimentación de calles, abovedado y repavimentación", destaca."De igual forma, se ha llevado a cabo un plan permanente de equipamiento, dotando al Municipio de herramientas y maquinarias para dar respuesta a las necesidades de los vecinos, teniendo actualmente una importante capacidad operativa, y desde el año 2009 se han adquirido 27 nuevas unidades para modernizar la maquinaria del municipio, la más importante desde 1983, con más de 15 millones de pesos de inversión" sobresale en el decreto.En virtud de todo lo marcado anteriormente, el decreto establece que "es decisión del Departamento Ejecutivo destinar fondos presupuestarios, maquinaria vial, materiales, recursos humanos, como así también dictar restricciones de tránsito relativas, en el marco de la emergencia que signa la situación planteada". ProhibicionesEl decreto prohíbe "en las calzadas no pavimentadas, la circulación de vehículos cuya carga supere las seis toneladas los días de lluvia o en tanto las condiciones de humedad de las mismas puedan afectar su conservación", y exceptúa de la prohibición "al servicio público urbano de pasajeros que prestan las empresas concesionarias, no obstante las cuales deberán extremar las medidas a fin de evitar el deterioro de las calzadas" y también "a las fuerzas de seguridad, a los vehículos de los Bomberos Voluntarios, a los servicios de emergencias de salud, a la Cooperativa de Consumo de Electricidad y Afines de Gualeguaychú Limitada, en aquellos casos en que el tránsito por las vías resulte necesario a fin de atender situaciones de urgencia y emergencia".Según determina el decreto, "la Dirección de Higiene Urbana deberá implementar los cambios necesarios a fin de optimizar el recorrido diario que realizan los vehículos recolectores a fin de obtener el menor impacto posible sobre las calzadas afectadas por la emergencia" y "la violación a la medida será sancionada con las penalidades contempladas para el artículo 84° del Código Básico de Faltas (Ordenanza N° 10539/01) las que se encuentran previstas en el artículo 33° de la Ordenanza 10589/02". El datoSe afectará hasta un millón de pesos para atender las necesidades de materiales, herramientas, insumos y servicios que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos demande en el marco de la emergencia".
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