LOS BENEFICIOS QUE TRAERÍA A GUALEGUAYCHÚ
¿Conoce el vecino cuáles son las ventajas de que nuestra ciudad cuente con una Carta Orgánica?
En primer lugar, vamos a definir qué es una carta orgánica. “Una carta orgánica es un documento que recoge las diversas normas que organizan el funcionamiento económico, político e institucional de un municipio. Se dice que la carta orgánica es la ley fundamental de esas divisiones administrativas debido a que establece los principios que gobiernan su sistema”.
Por Juan Pablo Castillo*
En definitiva, lo que podemos ver es que se trata una constitución local y, como tal, rige los principios de funcionamiento de nuestra localidad. Enumeremos las ventajas o posibilidades que esto traería aparejado.
Podríamos tener elecciones totalmente autónomas de otro orden de gobierno, es decir podríamos elegir a nuestro intendente y concejales a partir de cuestiones estrictamente locales y que trasladen las discusiones a temas exclusivamente de la ciudad evitando de esa manera las especulaciones sobre si las elecciones son desdobladas o van juntas con las nacionales, pudiendo generar un propio calendario despegado de las situaciones provinciales y nacionales afectando solamente lo local.
Podríamos también definir qué cantidad de concejales necesitamos y qué otros institutos tales como el tribunal de cuentas local podríamos tener.
Contar con una carta orgánica permitiría limitar el poder de un intendente, ya que éste estaría sujeto a un ordenamiento que lo supera y le impide hacer lo que quiera; sería una autolimitación que se impondría la ciudad misma y que perdurará más allá de quien esté o no esté al frente del ejecutivo municipal ya que las leyes exceden a las personas.
Lo que estaríamos discutiendo es qué tipo de sociedad queremos tener para nosotros; es decir, qué modelo de ciudad queremos y evitar así que una ordenanza sea modificada con otra ordenanza en permanente recomenzar con cada periodo de gobierno. Estamos hablando aquí de diseñar una ciudad a diez o quince años previendo que, para hacer modificaciones, se debería previamente reformar la constitución local o carta orgánica, generando de esa manera previsibilidad y seguridad jurídica para quienes inviertan, porque aquí el poder no radicaría en el intendente de turno sino en las leyes.
Podríamos también, por ejemplo, definir qué cantidad de empleados públicos necesitamos, qué tipo de desarrollo económico pretendemos tener, qué intervención del estado deberíamos tener, por sólo nombrar algunos items.
Si bien este es un año electoral y la carta orgánica no puede realizarse el mismo año que las elecciones, creemos conveniente que esto se empiece a discutir y que los candidatos lo tengan en agenda para que el año que viene esto pueda ser una realidad que beneficie a toda la comunidad.
*Sociólogo y consultor político