CORTAR EL CIRCUITO COMERCIAL ILEGAL DE MATERIALES ROBADOS
Buscan extender al resto del Departamento los controles y restricciones para la venta ilegal de metales
Ya se cumplió un mes de la sanción de la ordenanza que intenta frenar las ventas irregulares de materiales no ferrosos. El objetivo de la modificación fue frenar los actos delictivos, como el robo de cables, motos, bicicletas y placas del cementerio. Ahora se impulsa que el resto de las localidades departamentales repliquen la medida para cortar aún más la comercialización.
A comienzo de junio, el Concejo Deliberante de Gualeguaychú modificó por unanimidad la ordenanza N° 11.871/2014, a la cual se le agregó el Capítulo II de “Metales No Ferrosos y Desechos Potencialmente Sensibles a la Seguridad”, cuyo objetivo fue la regulación de los mismos y disminuir los actos delictivos relacionados con la actividad, como el robo de cables para la obtención del cobre, el de las placas del cementerio por el valor del bronce y el de motos y bicicletas, las cuales también son reducidas y desarmadas para vender las piezas como materias primas.
Entre los considerandos del proyecto armado por el oficialismo en conjunto con la Policía se pide “actualizar y mejorar la normativa vigente sobre la venta y comercialización de metales no ferrosos debido a los problemas persistentes de robos, venta ilegal y daño al patrimonio público y privado que se han detectado en los últimos años”.
De hecho, antes y después de la aprobación de la modificación, y mientras se espera la publicación por parte del Ejecutivo, la Dirección de Inspección General fortaleció los controles que se realizan en los locales dedicados a la comercialización de estos materiales no ferrosos, tras los cuales se detectó que sólo uno de entre más de diez locales contaba con las habilitaciones pertinentes.
Sin embargo, ahora el objetivo es que se replique esta misma medida en el resto de las localidades departamentales para cortar más el circuito. El razonamiento es lógico: ¿de qué vale frenar el tráfico y comercialización de materiales no ferrosos ilegales en la ciudad si a pocos kilómetros hay otros comercios del rubro que no están obligados a realizar un control de procedencia?
“Ya hemos tenido reuniones con Concejos Deliberantes de diferentes localidades del Departamento. Cuando salió la ordenanza, la intención era que sea abarcativa hacia el resto de las comunidades y poder trabajar de manera conjunta”, explicó a Ahora ElDía Jorge Spoturno, director de Inspección General.
“La idea es que todas tengan una legislación al menos parecida, por lo menos para trabajar todos con el mismo rumbo. De nada vale cortar el canal de venta o comercialización de esos materiales ilegales acá en la ciudad si luego se pueden vender en Urdinarrain, Larroque y Pueblo Belgrano”, argumentó.
En el mismo sentido se explayó Alejandro Cardozo, Subjefe de la División de Investigaciones de la Policía Departamental: “Tenemos el problema de que cada localidad, por más que pertenecen al mismo departamento, tienen sus propias legislaciones. Por eso es un tema que sería importante que este tipo de ordenanza se trate en cada uno de esos lugares, porque también tenemos ahí locales donde compran y venden, o particulares que comercializan con estos materiales ilegales”
“Ya con una prohibición general del departamento tendríamos un escenario ideal como para poder seguir avanzando con nuestro trabajo. Si los que venden materiales no ferrosos de dudosa procedencia pueden irse a cualquier lugar cerca en los cuales no está prohibido, lo van a hacer o le van a buscar la vuelta”, afirmó.
“Lo cierto es que teníamos que hacer desde el Municipio para frenar esta problemática. Conocemos la situación, y por eso sacamos esta la ordenanza”, sostuvo al respecto el Director de Inspección General, quien inmediatamente agregó que “primero que se hizo el trabajo de campo, y en este sentido hay que remarcar el trabajo conjunto que hemos realizado con la Policía. Es excelente el nexo que hay entre la fuerza de seguridad y la municipalidad, sobre todo para hacer estos relevamientos. Es muy buena la disposición que hay por parte del Jefe Departamental Luis Báez. Creo que en un par de meses más vamos a ver reflejado en las estadísticas una disminución considerable en los actos delictivos relacionados con la compra y venta irregular de materiales no ferrosos”.
Detalles de la ordenanza
La medida entiende por “metales no ferrosos” a todos los que no son hierro y a sus aleaciones, donde éste es componente principal. En este sentido, los que si ingresan en esta nómina son: cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto, cromo, molibdeno, titanio, tantalio, niobio, tungsteno, cerio, aleaciones de aluminio, zinc, bronces al estaño, bronces al plomo, bronces al aluminio, bronces al silicio, bronces al berilio, latón blando, duro y semiduro y antimonio, entre otros.
Otros desechos materiales, “potencialmente sensibles a la seguridad pública”, también están contemplados por la modificación aprobada por el cuerpo legislativo.
Esto refiere a aquellos materiales que hayan pertenecido a empresas prestadoras de servicios públicos, públicas o privadas, de los cuales el vendedor no puede acreditar su adquisición “mediante instrumento fehaciente”.
Ejemplo de esto último son cables conductores de energía eléctrica o fibra óptica, luminarias, tubos, caños, llaves de paso, tapas de registro de alcantarillas, bocas de tormenta, medidores de agua, canillas y picos de agua, tapas de cauces y desagües, placas u otros ornamentos mortuorios, artículos de bronce, señales de tránsito, guarda rail, vallados entre otros.
Una vez delimitados los elementos que quedan fuera del circuito comercial y los materiales a tener en cuenta en los controles municipales y los operativos de las fuerzas de seguridad, la normativa pone el énfasis en el control de la procedencia de los mismos. En este sentido, se obliga a los comercios habilitados a llevar un registro con diferentes datos para reforzar los controles.
“Todos los Centros regulados en la presente ordenanza deberán llevar un “Libro Especial” dedicado a los Movimientos y Existencias de Metales No Ferrosos y Desechos Potencialmente Sensibles a la Seguridad, que será rubricado por la Dirección de Inspección General como autoridad de aplicación”, afirma la ordenanza.
En este sentido, deberán registrar los siguientes datos:
1) Nombres, apellido, documento de identidad y domicilio real y, en su caso, comercial del vendedor y comprador de los bienes referenciados
2) Modalidades de compraventa realizada, especificando descripción y datos registrales – cuando resulte procedente– del bien comercializado, detallando asimismo fecha, número y monto del recibo oficial expedido con motivo de la operación comercial efectuada.
3) Constancias de transporte, con datos sobre la empresa transportadora o fletera, copias de la facturación por ese servicio y obligatoriedad de que dicha empresa tenga registración comercial. En caso de tratarse de desechos ferrosos, la empresa transportadora deberá tener la correspondiente aprobación especial para ese tipo de transporte.