FUERTE APOYO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
Aros, tatuajes, polleras y tintura: Un proyecto de Ley busca modificar los acuerdos escolares
La Diputada de Entre Ríos Mariana Farfán es la autora del texto. Lo trabajó junto a Stefanía Cora, Juan Pablo Cosso, Carina Manuela Ramos y Verónica Rubattino. En los fundamentos sostienen que buscan que los estudiantes puedan “asumir los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad”.
Mónica Farabello
Cada institución escolar delinea sus acuerdos de convivencia y sus reglamentos internos. La mayor parte de los puntos está destinada a horarios, higiene y vestimenta. Pero, de un tiempo a esta parte, es cada vez más fuerte el movimiento de jóvenes que buscan romper con la lógica binaria que propone un uniforme para varón y otro para mujer.
Pero esto no es todo; los chicos han propuesto cambiar la lógica que prohíbe el uso de accesorios, cabello suelto o teñido o tatuajes.
La opinión pública (como en casi toda) está dividida en dos: por un lado, los que sostienen que hay que cumplir los acuerdos escolares y los reglamentos internos tal como están, y por el otro, los que están abiertos a aceptar una flexibilización en este sentido.
La Presidenta de la Comisión de Género y Diversidad de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, Mariana Farfán, se manifestó en el conversatorio de UNER y sostuvo que su proyecto se basa “en defender los derechos que ya existen como el derecho a la igualdad, a la identidad de género y a la no discriminación. Estamos visibilizando las infancias trans y estas prácticas históricas son para moldear de qué forma nos vestimos las mujeres y qué indumentaria usamos”.
“Lo binario y biológico no tiene en cuenta a las diversidades y la ley de identidad de género habla del derecho a la expresión, y nos expresaron también a través de nuestra vestimenta”, sostuvo.
En el proyecto al que accedió ElDía, se manifiesta que las leyes vigentes “deben respetar los derechos a la igualdad y no discriminación previstos en el art. 16 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales con jerarquía constitucional. El criterio para regular en el alumnado el uso de determinada vestimenta, de estilo, corte o color de pelo, de aros, pulseras, piercings y demás accesorios de estética personal, sólo podrá serlo por cuestiones debidamente fundadas de seguridad o higiene, y deberá cumplir estrictamente con la proporcionalidad entre los medios utilizados y los fines pretendidos”.
Por esto es que, de aprobarse este proyecto, quedará “expresamente prohibido en los acuerdos escolares de convivencia exigir al alumnado: el uso de determinada vestimenta basado en la distinción del sexo o género del alumnado.
b) el uso de faldas o polleras. Este uso será siempre optativo.
c) el uso exclusivo de zapatos. En todos los casos el alumnado podrá optar por el uso de
zapatillas o de otro calzado que garantice la seguridad e higiene.
d) el uso de determinado largo o estilo de pelo basados en la distinción del sexo o género.
e) determinado color de pelo. En todos los casos el alumnado podrá optar por el color o
teñido de su pelo como libre manifestación de su derecho a la imagen.
f) cubrir partes del cuerpo con el fin exclusivo de no exhibir un tatuaje”.
Asimismo, “no podrá ser prohibido para ningún sexo o género en los acuerdos escolares de convivencia previstos en el artículo primero, el uso de aros, pulseras, piercings o demás accesorios de estética personal. Los acuerdos sólo podrán restringir estos accesorios por razones de seguridad o higiene”.
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