Aportes al debate por la Carta Orgánica
El lunes pasado, el intendente Juan José Bahillo dejó inaugurada oficialmente una agenda de debates de cara a la redacción de la Carta Orgánica municipal.
Por Lic. Patricio Giusto
OpiniónTratándose de una cuestión sumamente relevante para el futuro de nuestra ciudad, cabe destacar la amplia convocatoria efectuada por Bahillo, que incluyó a dirigentes locales y provinciales de todos los partidos políticos, inclusive de aquellos que no tienen representación en el Concejo Deliberante. Este artículo tiene como finalidad formular algunos humildes aportes a esta promisoria discusión.La etapa que inicia Gualeguaychú se abrió luego de la reforma de la Constitución Provincial de octubre de 2008, mediante la cual Entre Ríos se adecuó a los lineamientos de la Constitución Nacional de 1994, que reconoce la autonomía (capacidad de dictarse sus propias normas) de los municipios argentinos. Según la Constitución entrerriana, las localidades que posean más de 10.000 habitantes -tal es el caso de nuestra ciudad- podrán dictar sus propias Cartas Orgánicas, teniendo en cuenta una serie de limitaciones establecidas en el texto constitucional.Básicamente, una Carta Orgánica es un instrumento jurídico equivalente a una Constitución, destinado a regir la vida institucional, económica y social de un municipio. Tiene como principal finalidad profundizar la descentralización del poder político y permitir que sean los propios vecinos quienes determinen la norma fundamental que los regirá.Ahora bien, según la experiencia recogida por muchos municipios de nuestro país que ya se dictaron su Carta Orgánica, este instrumento puede servir de muy poco, o de nada, cuando se da alguna/s de las siguientes situaciones:1) La ciudadanía no se involucra lo suficiente en el proceso de elaboración de la norma. Esto puede ocurrir por deficiencias en la publicidad del proceso, o por falta de apertura por parte de las autoridades. Sin embargo, la principal causa de la falta de involucramiento es la creciente apatía de la sociedad -sobre todo de los más jóvenes- para participar en la vida cívica y política. Si la ciudadanía no se involucra lo suficiente presentando sus demandas y propuestas, lo más probable es que la Carta Orgánica no logre plasmar adecuadamente los intereses de los vecinos. Ante la falta de ese contrapeso fundamental que es la participación directa de la ciudadanía en un proceso de estas características, naturalmente prevalecerán los intereses sectoriales de los partidos políticos. Pero como éstos hoy son estructuras muy débiles y carentes de contenido, en definitiva, lo que se terminará imponiendo son los intereses personales de los dirigentes de turno que comanden el proceso.2) Lo establecido en la norma no es acompañado de una adecuada dotación de recursos. El concepto de autonomía municipal tiene aspectos institucionales, políticos, administrativos, funcionales y judiciales. Ahora bien, no caben dudas que la nota que asegura la autonomía "real" de un municipio es la económica-financiera. Para que una Carta Orgánica no se convierta en una simple enumeración de buenas intenciones, es imprescindible que la letra de la norma sea respaldada por una adecuada dotación de recursos financieros que permitan concretar los objetivos enunciados. Esto implica un esfuerzo enorme para las autoridades locales, en un país donde los municipios (más de 2.200) reciben sólo el 7% de los recursos coparticipables. No obstante, la dirigencia política tiene la obligación de obrar de manera responsable y evitar generar falsas expectativas en la ciudadanía o, en todo caso, establecer los mecanismos necesarios para generar nuevos recursos.3) El dictado de la Carta Orgánica es una respuesta del gobierno de turno a la coyuntura política. Puede pasar que intendentes que no atraviesan un buen momento político vean a la redacción de una Carta Orgánica como una oportunidad de recuperar la iniciativa y distraer a la ciudadanía de los problemas que la aquejan a diario. Sobre todo, teniendo en cuenta que se trata de procesos largos, que generalmente demandan mucha atención mediática. La redacción de una Carta Orgánica nunca debería responder a la coyuntura. Por el contrario, en el texto deberían plasmarse -al menos a grandes rasgos- políticas de Estado para la localidad en materia de salud, obra pública, educación, inclusión social, desarrollo local, etc. También es malo cuando se apura el proceso de elaboración de la Carta en función de los tiempos políticos/electorales del gobierno de turno. En ese sentido, lo ideal sería que la elección de los convencionales estatuyentes que redactarán la Carta se realice en forma desdoblada de los comicios ordinarios.4) Se transplantan o se copian "modelos exitosos". Es importante tomar como referencia las experiencias o "modelos exitosos" implementados en otros municipios. No obstante, es un grave error suponer que el instrumento per se es la causa del éxito, y que éste tendrá el mismo efecto bajo cualquier circunstancia. Cada municipio constituye una realidad única e irrepetible, y la mejor Carta Orgánica será la que mejor responda a los requerimientos de esa realidad.
A modo de conclusión
El proceso que acaba de inaugurar el intendente Bahillo es muy trascendente para el futuro de Gualeguaychú. Se trata de un momento fundacional, que debe ser asumido por la dirigencia política y por todos los vecinos con un fuerte compromiso y mucha responsabilidad. Para que este proceso culmine de manera exitosa, es imprescindible el involucramiento de la ciudadanía. Asimismo, la dirigencia política tiene el deber de marcar el camino, resignando intereses personales o sectoriales en función del bien común. La mirada tiene que estar puesta en el futuro, sin por ello dejar de observar y aprender de los errores que otros cometieron en el pasado.
Por Lic. Patricio Giusto
OpiniónTratándose de una cuestión sumamente relevante para el futuro de nuestra ciudad, cabe destacar la amplia convocatoria efectuada por Bahillo, que incluyó a dirigentes locales y provinciales de todos los partidos políticos, inclusive de aquellos que no tienen representación en el Concejo Deliberante. Este artículo tiene como finalidad formular algunos humildes aportes a esta promisoria discusión.La etapa que inicia Gualeguaychú se abrió luego de la reforma de la Constitución Provincial de octubre de 2008, mediante la cual Entre Ríos se adecuó a los lineamientos de la Constitución Nacional de 1994, que reconoce la autonomía (capacidad de dictarse sus propias normas) de los municipios argentinos. Según la Constitución entrerriana, las localidades que posean más de 10.000 habitantes -tal es el caso de nuestra ciudad- podrán dictar sus propias Cartas Orgánicas, teniendo en cuenta una serie de limitaciones establecidas en el texto constitucional.Básicamente, una Carta Orgánica es un instrumento jurídico equivalente a una Constitución, destinado a regir la vida institucional, económica y social de un municipio. Tiene como principal finalidad profundizar la descentralización del poder político y permitir que sean los propios vecinos quienes determinen la norma fundamental que los regirá.Ahora bien, según la experiencia recogida por muchos municipios de nuestro país que ya se dictaron su Carta Orgánica, este instrumento puede servir de muy poco, o de nada, cuando se da alguna/s de las siguientes situaciones:1) La ciudadanía no se involucra lo suficiente en el proceso de elaboración de la norma. Esto puede ocurrir por deficiencias en la publicidad del proceso, o por falta de apertura por parte de las autoridades. Sin embargo, la principal causa de la falta de involucramiento es la creciente apatía de la sociedad -sobre todo de los más jóvenes- para participar en la vida cívica y política. Si la ciudadanía no se involucra lo suficiente presentando sus demandas y propuestas, lo más probable es que la Carta Orgánica no logre plasmar adecuadamente los intereses de los vecinos. Ante la falta de ese contrapeso fundamental que es la participación directa de la ciudadanía en un proceso de estas características, naturalmente prevalecerán los intereses sectoriales de los partidos políticos. Pero como éstos hoy son estructuras muy débiles y carentes de contenido, en definitiva, lo que se terminará imponiendo son los intereses personales de los dirigentes de turno que comanden el proceso.2) Lo establecido en la norma no es acompañado de una adecuada dotación de recursos. El concepto de autonomía municipal tiene aspectos institucionales, políticos, administrativos, funcionales y judiciales. Ahora bien, no caben dudas que la nota que asegura la autonomía "real" de un municipio es la económica-financiera. Para que una Carta Orgánica no se convierta en una simple enumeración de buenas intenciones, es imprescindible que la letra de la norma sea respaldada por una adecuada dotación de recursos financieros que permitan concretar los objetivos enunciados. Esto implica un esfuerzo enorme para las autoridades locales, en un país donde los municipios (más de 2.200) reciben sólo el 7% de los recursos coparticipables. No obstante, la dirigencia política tiene la obligación de obrar de manera responsable y evitar generar falsas expectativas en la ciudadanía o, en todo caso, establecer los mecanismos necesarios para generar nuevos recursos.3) El dictado de la Carta Orgánica es una respuesta del gobierno de turno a la coyuntura política. Puede pasar que intendentes que no atraviesan un buen momento político vean a la redacción de una Carta Orgánica como una oportunidad de recuperar la iniciativa y distraer a la ciudadanía de los problemas que la aquejan a diario. Sobre todo, teniendo en cuenta que se trata de procesos largos, que generalmente demandan mucha atención mediática. La redacción de una Carta Orgánica nunca debería responder a la coyuntura. Por el contrario, en el texto deberían plasmarse -al menos a grandes rasgos- políticas de Estado para la localidad en materia de salud, obra pública, educación, inclusión social, desarrollo local, etc. También es malo cuando se apura el proceso de elaboración de la Carta en función de los tiempos políticos/electorales del gobierno de turno. En ese sentido, lo ideal sería que la elección de los convencionales estatuyentes que redactarán la Carta se realice en forma desdoblada de los comicios ordinarios.4) Se transplantan o se copian "modelos exitosos". Es importante tomar como referencia las experiencias o "modelos exitosos" implementados en otros municipios. No obstante, es un grave error suponer que el instrumento per se es la causa del éxito, y que éste tendrá el mismo efecto bajo cualquier circunstancia. Cada municipio constituye una realidad única e irrepetible, y la mejor Carta Orgánica será la que mejor responda a los requerimientos de esa realidad.
A modo de conclusión
El proceso que acaba de inaugurar el intendente Bahillo es muy trascendente para el futuro de Gualeguaychú. Se trata de un momento fundacional, que debe ser asumido por la dirigencia política y por todos los vecinos con un fuerte compromiso y mucha responsabilidad. Para que este proceso culmine de manera exitosa, es imprescindible el involucramiento de la ciudadanía. Asimismo, la dirigencia política tiene el deber de marcar el camino, resignando intereses personales o sectoriales en función del bien común. La mirada tiene que estar puesta en el futuro, sin por ello dejar de observar y aprender de los errores que otros cometieron en el pasado.
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