ECONOMÍA
AFIP monitoreará las transferencias que se hagan mediante billeteras virtuales
Como parte de una actualización de sus controles fiscales, el organismo controlará la trazabilidad de las transacciones que superen los 400.000 pesos mensuales. Es para asegurar que se cumpla con las normativas fiscales vigentes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) investigará a los usuarios de billeteras digitales que realicen transferencias, mantengan saldos o efectúen consumos que superen ciertos montos establecidos por el organismo. Esta medida, que forma parte de una actualización de los regímenes de información, tiene como objetivo mejorar el control sobre las operaciones realizadas en el sistema financiero y en las plataformas electrónicas de pago, en un esfuerzo por mantener la trazabilidad de las transacciones y asegurar que se cumpla con las normativas fiscales vigentes.
Según lo informado por AFIP, los usuarios de billeteras digitales que realicen ingresos o egresos por encima de los $400.000 en septiembre podrán ser notificados por el organismo. Este límite es el resultado de una actualización reciente realizada por la administración dirigida por Florencia Misrahi, la cual también estableció nuevos montos para los saldos mensuales. En este sentido, el tope para los saldos mensuales no deberán exceder los 700.000 pesos si es que se aspira volar debajo del radar del organismo.
Esta medida no solo afecta a quienes operan con billeteras virtuales, sino también a los bancos y otras entidades financieras que deberán informar sobre los movimientos que superen los límites mencionados. Estas acciones responden a una estrategia más amplia de la AFIP para mejorar los mecanismos de información, y se suman a una serie de medidas implementadas en los últimos años para fortalecer el control sobre las transacciones financieras en el país.
En este sentido, la AFIP se encuentra en un proceso de simplificación de sus mecanismos de control y verificación. A través de la actualización de la Resolución General N° 4298, el organismo ha elevado los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan. Esta medida se inscribe en una estrategia del Estado Nacional para modernizar la administración pública y hacerla más ágil y transparente.
En este sentido, los montos mínimos que obligan a las entidades a informar a la AFIP sobre las acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, se incrementaron de $200.000 a $700.000. Además, los consumos realizados con tarjetas de débito por el titular y sus adicionales deberán ser informados cuando superen los $400.000, en comparación con el límite anterior de $120.000.
Por otro lado, la Resolución General N° 4614 también fue modificada. Esta resolución establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago. En este caso, los montos mínimos a informar también fueron elevados: los ingresos o egresos totales deben superar los $400.000, mientras que los saldos mensuales deberán superar los $700.000.